Llega el momento de elaborar un finiquito a un trabajador y su empresa introduce por sistema la fórmula “el trabajador queda completamente saldado y finiquitado”, “no tiene ningún reclamación pendiente frente al empleador” (o una similar), con la idea de que el trabajador no va a reclamar (o si lo hace, su demanda será desestimada) al haber dado expresamente su conformidad.

Pues sepa que este tipo de fórmulas no son suficientes para considerar que la empresa queda eximida de responsabilidad. Y se aplica lo mismo cuando el trabajador da su conformidad con la carta de despido. Aunque el Tribunal Supremo ya se había pronunciado en varias sentencias sobre este tema, lo hace ahora en unificación de doctrina.